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(hoja 1)
citatoria al procurador de medina que venga a seguir
el Pleyto a valladolid que tenia con siguença sobre los robos
y fuerças que abia echo el dicho concejo de medina
(letra moderna) Causas civiles. 8 de Febrero de 1429
(hoja 2)
Don johan(*) por la gracia de dios Rey de Castilla de leon
de
toledo de galycia de sevylla de cordova de murcia de
jahen del algarve de algesira y señor de viscaya de molina
A vos el concejo y alcaldes y moradores y omes buenos
de medina cely y su tierra y de la hermandad della salud e
gracia bien sabedes que pleyto esta pendiente en la my corte ante
los mys oydores en la my abdiencia que fue començado ante
ellos entre don johan(**) obispo que fue de siguença e
my oydor de
my abdiençia del my consejo e el dean y cabillo de la su eglia
de la dicha siguenza e diego fernandez de yliestas bachiller
arçediano
que fue de la dicha siguenza su procurador y otros sus pagadores
en su nombre de la una parte e vos el dicho concejo universidat
y omes buenos de la dicha medina cely y su tierra e de la
hermandat della e diego fernandez de corduva vuestro procurador y otros
nestros procuradores en vuestro nombre de la orden sobre razon de deman
da que por el dicho diego fernandez bachiller en nombre de los dichos
obispo su dean y cabillo fue puesta noticia a nos los sobredichos ante
los dichos mis oydores en la dicha my abdiençia en que dixo su
relato entre otras cosas que en el mes de febrero del año que
paso del
señor de myll y quatrocientos y nueve años vos los
sobredichos
que ficierades ayuntamiento y nos ayuntastes a los de hermandat
en manera de asonadas muy mucha gente de pie y de cavallo
armados de baçinetes e cotas e pieças e lanças e
dardos y es
cudos e espadase ballestas y otras armas e que fuerades arma
dos y asonados como en batalla como es .... injusta y no devyda
mente por fuerça y gran osadia y atrevimiento por derecho Real
ni justicia y no temyendo a dios ny a my ny a la my justiçia asy
como
(hoja 3)
portadores y .... y injuriadeis que fuisteis y entrastes por
la tierra y señorio del dicho obispo y de la dicha su eglia
y de la dicha cibdat de siguença tañenndo trompeta
quebrantan
do su jurisdicion corriendo la dicha tierra y destroyendola cogiendo
sus omes e sus vasallos del dicho obispo y de la dicha su
eglia sorprendiolos usastedes todo vuestro poderio para los feryr
y matar bien asi como sy fuesen enemygos R que a su fue
rades fasta laçar y ençerrar y enbitar los dichos omes
y vasallos por las puertas de la dicha cibdat dando
con las lanças en las puertas della y asencajades real
sobre ella y sobre el alcaçar della y que la rastes e que asy
estadiejados en derredor de la dicha cibdat todo aquel dia fasta
gran pieça de la noche efta ramuçado por la dicha cibdat
y queriendola entrar ....... por fuera fasiendo muy
grandes males y daños descepando vyñas y talado los arvo
les y huertas y quebrantado i distruyendo colmenas ...
muchos baldones y vituperyos y fasciendo muchos escarnyos
y ynjurias y ofensas a los vescinos de la dicha cibdat vasallos
del dicho obispo y de la dicha su iglia y llamadolos putos
cornudos y desciendoles otros baldones feos y desonestos
e que todo ello era publico notorio que dello era publica
voz en toda la dicha tierra y obispado y comarca de la dicha
cibdat de siguenza y de la dicha villa de medina celi ni lo
qual nos la dicha unjusidan a mis buenos de la dicha
vunjusidat de la dicha medina y su tierra y de la her
mandat della que fesferades y cometierades en gran daño
y pluyo.. injustiçia cometida del dicho obispo y de la dicha
(hoja 4)
su iglia della y cabillo della y por los injuriar i disonrar
vituperar y quebrantar la juridad del dicho obispo y de la
dicha su eglia lo qual todo en nombre del dicho obispo y por
el como veniera a su notiçia y .. por los dichos
dean y cabillo que fuera luego renotado a las sus volun
tades a muy gran injuria y baldo y el dicho su payador
dixo que renovava en su nombre la qual dicha injuria a ellos
fecha en la dicha raçon los dichos obispo dean y cabillo
non queria ny querran aver recebido de nos la dicha ...
ni comunidat y omes buenos d ela dicha medina y ju
tiçia ni hermandat della en la manera que les fuira fecha
por ochenta myll florines de oro del reino de aragon de justo peso
en que estimo la dicha justiçia y digo que antes los que fuera ..
...... compelidos de sus bienes por lo que pidio a los dichos mys
oydores que por su justicia difinityva juzgado y .... dicha
tasen todo lo sobredicho aun pasado segund y en la
manera que por el era dicho y tratado y por esta mesma justicia
ordenase a vos la dicha universitat y comunydat y omes
buenos de la dicha medina çely y su tierra y la hermandat
della en los dichos ochenta myll florines de la dicha estamago
a la dicha justicia ... por todos los remedios
del derecho a ello como el derecho en tal caso otorga que les dejedes
y pagassedes a los dichos sus partes enmyenda y satisfatio
de las dichas injurias que les ba si ... como dicho es
e asy los pidio por la mejor manera y forma que podia y
avia de derecho y pedio y protesto las costas con lo que por
parte de nos la dicha .... y comunidat y omes buenos
de la dicha medina cely y su tierra de la hermandat della fueron
alegadas ante los dichos mys oydores rectas rasones por
que diola en vuestro nombre que los dichos mys oydores no ...
(hoja 13)
.
dichos don alfonso(***) cardenal administrador perpetuo
del dicho obispado de siguença y de los dichos dean y
cabillo de la dicha iglia de siguença
.
.
dada en la villa de valladolid ocho dias del
mes de febrero año del nasçimiento de nuestro
señor jesucristo de myll y quatrocientos y veynte
i nueve años
(hoja 15)
traslado de las letras de enplazamiento del
comun i universidat y hermandat de
ciertas personas singulares de medina y
su tierra
con las que les tubieron
cierto pleyto
Algunos personajes citados son:
(*) Juan II, (nace 1405, muere 1454), hijo de Enrique III y Catalina de
Láncaster
(**) Juan de Illescas (obispo de Sigüenza entre 1403 y 1415)
(***) Alfonso Carrillo, cardenal de San Eustaquio (obispo entre 1422 a
1434)
[1] Citatoria al procurador de Medina que venga a seguir el pleyto a Vallid que tenia con siguença sobre los robos y fuerças que abia echo el dicho concejo de medina. 8 de febrero de 1429. Legajo 194 "Pleitos Civiles". Archivo Catedral de Sigüenza