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Ayuntamiento del 12 de febrero de 1652
En el consistorio de esta ciudad [....] que esta ciudad no tiene sitio ni lugar decente para asistir a los actos publicos y fiestas que se hacen en ella con la autoridad que se debe a una comunidad tan grande como lo tienen en todas las demas ciudades y Billas de estos reinos y considerando esto abia conferido y tratado de hacer un mirador desde donde se biesen dichas fiestas en una calle publica y concejil en la plaça de esta dicha ciudad que mira a la dicha plaça y a la fuente y para este efecto lo trato y comunico con Maestros de Canteria peritos en su arte con quien se hiço la traça de dicho mirador y que la coste de el y su paga abia de correr por quenta de diferentes vecinos particulares que ofrecian y ofrecen sus propias haciendas sin tocar en hacienda ni propia ni rentas de esta ciudad.
Y la dicha traça y motivos de esta ciudad y su ayuntamiento se a comunicado y conferido a su Ilustrisima el Sor Obispo de esta ciudad para que con su aplauso se obre y pusiese en execucion el hacer dicho mirador en dicha calle y ansi mismo se dio a entender a los SS Dean y Cabildo de esta Yglesia y parece que por dichos señores se a echo reparo en que no conbiene hacer el dicho mirador en dicha parte por decir esta contiguo y junto a la dicha Sta Yglesia aunque no es en perjuiciio suio por dexar el paso bastante mui distinto y apartado de la dicha sta yglesia y abiendose conferido estas materias por ebitar pleitos y discordias entre una y otra comunidad biendo la oposicion que pretenden hacer los dichos señores dean y Cabildo para tomar resolucion de lo que an de hacer an tenido diferentes tratados y sesiones para que tenga efecto el dicho mirador. Y por parte de los señores dean y Cabildo an ofrecido por medio de su Yllmo. el dar dos casas pequeñas en dicha plaça que al presente biben Juan de Santiuste y Roque de Berlanga todas enteramente con sus fachadas a la dicha plaça y demas bibienda desde los cimientos hasta el texado las quales dos casas rentan treinta ducados mas o menos en cada un año y por esta ciudad an abraçado estos medios por escusar pleitos y deferencias y por bibir en toda conformidad y tener quietud y paz con dichos señores dean y cabildo y esta ciudad ofrecido y ofrece el dar y pagar de contado la cantidad que se conviniera en raçon de la benta de dichas casas por los vecinos que quieren pagarlas de sus mismos bienes y haciendas y si este medio no se quisiere elegir por parte de dichos señores se allanan a dar otras dos casas en permuta de las que ofrecen que la una esta en la trabesaña baxa que al presente bibe Philipa nabarro y la otra en la calle de san Bicente junto a la dicha trabesaña que ambas dos rentan veinte y siete ducados y lo que faltare...
Actas de Sesiones, Legajo 30.1, Archivo Histórico Municipal de Sigüenza