Called from/Referenciado desde: Las sinagogas de Sigüenza: testimonios documentales

(Aclaración:) El manuscrito original lo forman varios pleitos unidos entre sí, en los cuales un conflicto por la precedencia en las procesiones y actos públicos, que se hacía por antigüedad, se produce al negarse la cofradía de San Crispín a aceptar el status quo. De la documentación presentada, la Cofradía de San Juan aparenta haber perdido sus documentos mas antiguos, pues se apoya en la referencia hecha en su libro de ordenanzas de 1603 (conservado) a textos anteriores. También se pueden estudiar las curiosas interrelaciones entre las distintas cofradías y el control económico y logístico que la de San Juan ejercía sobre ellas (paga de diversas cuantías por alquiler de locales, especialmente), así como la presencia de gente de especial relevancia social en sus filas.

Sigüenza Civil

1688

Probanza a pedimiento de la cofradía de Nª Sª de las Nieves

(al margen: Compulsa)

En la ciudad de Sigüenza en nueve días del mes de ____ de mil seiscientos y ochenta y ocho años, la parte de la cofradía de San Crispín de esta ciudad me dió un libro encuadernado y manuscrito en la mayor parte de el, que en la cubierta de pergamino dice "Libro de la cofradía de San Crispín y San Crispiniano de la ciudad de Sigüenza empezaron el año de ...." y no se ven los numeros que señalan el año . Y en la primera hoja está escrito "Libro de la cofradía de los gloriosos y bienaventurados mártires San Crispín y San Crispiniano de la ciudad de Sigüenza el cual dicho libro se empezó año de mil y ___ y veinte y tres siendo preostre Juan de Santiuste Calvo, vecino de dicha ciudad" y me fue señalada para consultar la hoja primera del libro que es del tenor siguiente:

Palacio de Señor San Juan intramuros de esta ciudad de Sigüenza, lugar acostumbrado donde los señores abad y cofrades de la co- fradía de Señor San Crispín se acostumbran juntar a veinte y siete días del mes de Agosto de mil y seiscientos y veinte y tres años se juntaron el canónigo Ramirez, abad, Juan de Santiuste Calvo, peostre, Martín Pérez de Escobar, procurador y Andrés de Santiuste, clérigo,Juan de Santiuste , Alonso Pérez Moreno, Juan de Pinilla , Bartolomé de ___ mozo, Juan ____ , Fernando Bexil, Rodrigo Monter (?), Bartolomé Duxantre, Juan de Palencia, Francisco López Comeda, Miguel de Santiuste, Francisco Cambronero, Juan de Judá (?), Lorenzo Pastrana, Juan de Gil, Lorenzo Pérez y otros muchos hermanos y así juntos se propuso como Fabián de Artiaga, notario que fue de esta ciudad y de esta cofradía es valedor de que fue _____ nombrar escribano y notario que haga el dicho oficio y así entenderlo por el dicho señor abad y cofrades nombraron y nombraren a Alonso Pérez Moreno escribano para que ____ ejerza el dicho oficio desde luego con el salario acostumbrado asimismo _______ que sea de comer en esta cofradía ____ ____ ____ por el señor abad y visto por todos ordenaron y mandaron se vote y después de votado, votaron veinte y siete que se coma y seis que no.Y así mandaron de el preostre la comida para el segundo domingo de octubre (?) y se lo notifique al dicho peostre y lo consienta y así sea cabo (¿acabó?). Mando y lo firmo el señor abad y otros tres hermanos por todos: el canónigo Ramirez; Andrés de Santiuste; Juan de Santiuste Calvo; Juan de Santiuste; Bartolomé de Gil (?); ante mi Agustín Cetina

Continuadamente en el dicho y señalado libro y en la hoja treinta y nueve del mismo asimismo otro instrumento y partida del tenor siguiente:

(siguen varias transcripciones de dichos libros, que no escribo)

Y asimismo se me exigió una pieza de papel cosido en medio pliego largo y en la cubierta intitulado y dice: "Constituciones y ordenanzas de la cofradía de San Crispín de esta ciudad de Sigüenza" y la primera hoja escrita empieza diciendo: "En la ciudad de Sigüenza a nueve días del mes de enero de mil seiscinto y sesenta y dos años ante su merced el Doctor Don Justo de Guenedo (?) y Frías, dignidad de maestre escuela de la Santa Iglesia de Murcia, Provisor y vicario .... "

(afirma que dichas ordenanzas se elaboraron teniendo a la vista las antiguas)

Sigüenza

(1ª pieza: Civil)

1688

Pleito de la cofradía de los santos Crispín y Crispiniano con la cofradía de Nª Señora de las Nieves sobre la preferencia en el uso de sus insignias y estandartes en las procesiones

Compulsas de S. Crispín

Juan de Arrdo y Sardina, en nombre del abad y her- manos de la cofradía de los santos mártires San Crispín y San Crispiniano de esta ciudad en la causa con el abad y hermanos de la cofradía de Nª Señora de las Nieves sobre preferencia de en las concurrencias públicas. Digo que a la dicha mi parte conviene que de los libros antiguos y modernos de la cobranza del dinero de la santa iglesia que se hallan así en ella como en poder de los que han sido mayordomos del dinero y sus herederos se saquen y compulsen las partidas del repartimiento de el susodicho de dicha cofradía que se señalan de mi parte, y que el hermano mayor a quien están sometidas las que se hubieren de hacer ponga por diligencia y fe, si en dichos libros consta de repartimiento alguno de susodicho a la dicha cofradía de las Nieves. Y así mesmo de los libros antiguos de cuentas de la cofradía de San Juan en esta ermita estuvo la reliquia que tiene mi parte se compute la partida o partidas del tributo que pagaba mi parte por razón de hacer en dicha ermita las juntas y cabildos que se les ofrecía suplico a vuestra merced mande dar mandato general para el examen de dichos libros y que el notario mayor con citación (?) de las contrarias (?) haga las dichas compulsas.

(se omiten párrafos)

(al margen:____ Compulsa Libro de la cofradía de San Juan)

En la ciudad de Sigüenza en el dicho día diez de Abril de mil seiscientos y ochenta y ocho años yo el notario de ______ de la cofradía de San Crispín notifiqué el auto y mandato del señor provisor de este obispado, en que se mandan hacer ciertas compulsas y que para ello se exigían unos libros, a Joseph Callejas vecino de esta ciudad y notario secretario de la cofradía de San Juan y habiéndolo oído y entendido dijo le obedece y esta pronto a ponerme de manifiesto los libros que la pare de dicha cofradía de San Crispín pidiere.Piensa examinar _____ entre otros un libro encuadernado y forrado en pergamino y en la parte exterior de el están es- critas unas líneas de letra mayor que dicen: De cuentas (?) de la Cofradía de San Juan. Y abierto se halló ser así y no estar foliado y que la primera cuenta de el es la que se tomó a Juan Moracho que la causa (?) de ellos y como se sigue:

(al margen: Causa)

En la ciudad de Sigüenza a diez y ocho del mes de enero de mil seiscientos y veinte y cuatro años los señores racionero Francisco Sanz, abad, Juan Moracho, preostre, Antonio de Lujan, procurador, el licenciado Pedro de la Vega, racionero, Francisco de Casamayor, Gerónimo Jiménez y >Hernando de Lara, contadores, y Gerónimo de Marcos, cogedor de la cofradía de San Juan de esta ciudad por ante mi Agustín Cetina, escribano de número de la audiencia y de la dicha cofradía, se juntaron a recibir cuentas del dicho Juan Moracho de lo que ha sido y es a su cargo de la dicha cofradía el año pasado de mil seiscientos y veinte y tres que fue el primero de su oficio. La que la dicha cuenta se le recibió por cargo y descargo en la forma siguiente: Y en la ____ tercera y cuenta siguiente a la que se refiere la ___________ que fue la que dió dicho Juan Moracho de la segundo año, me fue señalado para que la compulsa de la quinta partida del cargo que dice:

(al margen: Partida)

En ocho mil doscientos y treinta y cinco maravedís de los censos y memorias que la dicha cofradía tiene en que entran los gastos de nos cofradías se pagan por razón de las comidas y juntas que hacen en San Juan, en que entra siete ducados que pagan de alquiler de la casa de la calle de la Alhóndiga.

Y en las cuentas que se continúan hasta la que se recibió a Martín de la Cámara en doce del mes de Enero de mil seiscientos y cincuenta y cinco en los cargos de ellas se hace de la partida antecedente y en la misma conformidad sin expresión de las cofradías ni de las cantidades que cada una pagaba; y en esta citada que dió dicho Martín de la Cámara se me señaló para que compulsase la séptima partida del cargo que a la letra es como se sigue:

(al margen: Partida)

Item se le cargan diez mil ochocientos y setenta y seis maravedís de la renta que pagan cada año dicha cofradía, en esta manera: el cabildo de Sigüenza, cincuenta maravedís; Vicente de Rojas por Jerónima López su madre, diez maravedís; los herederos de Antonio de Sopeña diez maravedís; el Hospital de la Estrella catorce maravedís; los herederos de Juan (?), cinco maravedís; el racionero Almazán, ciento y cincuenta maravedís; Diego Lozano, vecino de Estriégana, sesenta y cuatro reales (?) y treinta y un maravedís; la viuda de Andrés Blanco, un ducado; los herederos del racionero Sanz, ducado y medio; la cofradía de San Cristóbal un ducado; la de San Crispín un ducado y medio; la de San Andrés ducado y medio; la de Santa Bárbara ducado y medio; esto pagan cada un año y dicha cantidad y de un año.

Y en la inmediata siguiente cuenta que se vendió (?) al dicho Martín la cámara en veinte y nueve del mes de enero de mil seiscientos y cincuenta y siete (?) años, se me señaló para que compulsase la cuarta partida del cargo que a la letra y como se sigue:

(al margen: Partida)

Mas se cargan diez mil ochocientos y setenta y seis maravedís de las rentas que se pagan cada año a dicha cofradía en esta manera: el Cabildo de Sigüenza, cincuenta maravedís; los herederos de Jerónima López y Vicente Rojas, diez maravedís; el hospital de la Estrella catorce maravedís; los herederos de Juan cinco maravedís; el racionero Almazán, ciento y cincuenta maravedís; Diego Lozano vecino de Estriégana sesenta y cuatro reales y treinta y un maravedís; la viuda de Andrés Blanco un ducado; los herederos del racionero Sanz ducado y medio; la cofradía de San Cristóbal un ducado; la cofradía de San Crispín ducado y medio ; la cofradía de San Andrés ducado y medio; la cofradía de Santa Bárbara ducado y medio; y esto pagan cada año y dicha cantidad y de dos años.

Como todo lo supra escripto mas latamente consta y parece de las cuentas de dicho libro a que citadas a que me remito que volví a entregar a dicho Joseph Callejas y en fe de ello lo signé y firmé

En testimonio de Verdad Francisco Manzano

(2ª pieza: civil)

(Portada)

Cofradía de San ___, Santa Lucía, San Cristóbal, San Crispín y Nª Señora de las Nieves por preferencia en el puesto con la de San Crispín

El pase por esta carta de poder como nos el abad y hermanos de la santa cofradía y hermandad de Señor San Juan Bautista de esta ciudad de Sigüenza, estando juntos y congregados en el Palacio de la ermita de Señor San Juan que es de dicha cofradía, especialmente llamados a son de campana tañida como lo habemos y tenemos de uso y costumbre para tratar y conferir las cosas tocantes a dicha nuestra cofradía y hermandad, especialmente llamados Don Gregorio Gómez, prebendado en la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad, abad de esta santa cofradía; Francisco de Juana, procurador de ella que en ausencia de Pedro de Arauz, peostre y mayordomo de dicha cofradía hace al presente oficio de tal peostre; licenciado Francisco de Torremocha; licenciado Don Jerónimo de Rojas; licenciado Juan de Ruisanz López; Diego Ruiz Capillas; Miguel García; Manuel de Vega; Martín de Legne, Miguel de Casanova; Juan de Vinuesa mayor; Bartolomé Jerónimo Lozano; Juan de Vinuesa mozo; Matías de Molina; Roque Cantoral; Simón de Torremocha; Juan García Ruiz; Juan de Ayuso; Matías López; Antonio Ruiz; Andrés Durante; Juan de Mingo; Juan de Rexos; Juan Sardina; Domingo Rubio; Marcos Pascual; Martín de Juan; Luis de Madera; Pedro de Soto; Gaspar de Aberturas; Juan de Berlanga; Miguel de Sancho; Juan de Santa Ana; Juan Martínez; Juan de la Puebla; Francisco de Jodra; Juan de Antón (?) y Juan Pascual, todos hermanos que confesamos somos de esta santa cofradía y hermandad de Señor San Juan. Por nosotros mismos y en nombre de los demás hermanos que son y por tiempo fueren por quien prestamos voz y caución. En toda forma de que habrán por firme lo aquí contenido, so ex- presa obligación de las rentas de la santa cofradía hermandad. Otorgamos por la presenta carta que damos todo uso (?) poder cumplido el que de derecho se requiere y es necesario y mas puede y debe valer, a Manuel del Castillo, Juan de la Fuente y Cristóbal Camacho, procuradores de la audiencia episcopal de esta ciudad de Sigüenza y a Juan de Magaña, procurador de la audiencia arzobispal metropolitana de la ciudad de Alcalá de Henares; y a Don Juan de la Oliva, notario receptor del tribunal y nunciatura de España; a todos juntos y a cualquiera de ellos y en solidum con cláusula especial de que lo puedan sustituir (?) las veces y en las personas que quisiesen que les pareciese de trocar el sustituto y nombrar otro de nuevo, como mas bien visto fuese. Especialmente otorgamos este dicho poder para que los susodichos y cualesquiera de ellos in solidum como dicho es puedan parecer y parezcan ante el señor provisor oficial y vicario general de esta dicha ciudad y obispado de Sigüenza y defendernos en un pleito que la cofradía de San Crispín de esta dicha ciudad nos pone y mueve nuevamente sobre querer preferencia y antelación la dicha cofradía con sus insignias y estandartes y pendones y en mejor y mas antiguo lugar en las funciones sagradas públicas y funerales que las insignias y pendones de esta nuestra cofradía de Señor San Juan y si sobre la dicha preferen- cia y antigüedad de dichos puestos en las dichas funciones sagradas públicas y funerales pretendiesen también quitar de su costumbrepor su antigüedad a esta cofradía de Señor San Juan y la de San Cristóbal, Santa Lucía u otra alguna de las que hay moderna fundadas en esta ciudad también damos y otorgamos este otro poder a los susodichos y cada uno y in solidum para que cualesquiera instancias y tribunales nos puedan de- fender y seguir cualesquiera demandas y pleito, contestar las demandas y poner y hacer cualquier pedimento, requerimiento y protestaciones y citaciones, negar y contradecir lo contrario y en prueba presentes testigos, escri- turas, instrumentos, papeles y probanzas y otro cualquier género de prueba tachen y contradigan las de _______ pidan ejecuten posiciones y cualquier juramento de calumnia o decisión ...

(fin de dicho documento)

En la ciudad de Sigüenza a veinte y cinco días del mes de Marzo de mil seiscientos y ochenta y nueve años, siendo testigos Lo que Cabrera, Pedro Serrano, Juan de Arxecilla, Pedro de ___, Pedro natural de Romanillos de Medina y todos estantes en esta dicha ciudad y los otorgamos aquí mesmo yo el notario doy fe conozco, cometieron lo primaren por excusar prolijidad. .....

Pasó ante mí Joseph Callejas

Manuel del Castillo, en nombre del abad y cabildo de la cofradía de Señor San Juan Bautista, sita en su ermita en esta ciudad ante vuestra merced parezco y digo que dicha cofradía de tiempo inme- morial a esta parte se halla en la posesión ______ de ocupar en las funciones sagradas públicas y funerales, de ocupar en aquellos el cuarto lugar, inmediato delante al pendón de la Santa Veracruz y en estas _______ con su insignia y hachas de Nª Señora la Mayor, sin interrupción alguna en dicho tiempo inmemorial.Esto por su antigüedad que es la mayor digna- das se hallan fundadas en esta ciudad como con esta y a su ti- empo se probará de sus instrumentos, libros y ordenanzas, que se hallan deformadas (?) por el año pasado de mil y seiscientos y tres y en que se hace mención y se suponen otras antiguas y sin origen conocido. Lo cual no obstante y en perjuicio de esta antigüedad y posesión...

(fin de transcripción)

Carta de poder como nos el abad y hermanos de la santa cofradía y hermandad de Santa Lucía de esta ciudad de Sigüenza, estando todos congregados en el palacio de la ermita de Señor San Juan, expresamente llamados a campana tañida como habemos y tenemos de uso y costumbre ...

(fin de transcripción)

Portada Sigüenza (Civil)

1694

Autos causados a pedimiento de la Cofra-día de San Crispín y San Crispiniano de Sigüenza contra las cofradías de Nª Señora de las Nieves, San Juan, Santa Lucía y San Cristobal sobre precedencias en las procesiones y funciones eclesiásticas generales

Crispín y San Crispiniano de esta ciudad de Sigüenza estando juntos y congregados en las casas de habitación y morada de Bernardo Ortiz, vecino de esta dicha ciudad y uno de los hermanos de dicha cofradía donde se convocaren los demás hermanos de ella por citación de la persona a quien toca juntarla. Respecto de que en la ermita de San Roque, extramuros de esta dicha ciudad, donde se halla la reliquia de dichos santos mártires y tener costumbre de juntarse y convocarse para conferir y tratar lo perteneciente al buen gobierno de este dicho cabildo se les ha denegado el que hagamos la junta por los señores al caldes de esta dicha ciudad, patronos que son de dicha ermita y por no hallarse indefensos en el seguimiento del pleito y cumplir....

(se omite texto intermedio)

.....en la ciudad de Sigüenza a veinte y seis días del mes de Mayo de mil seiscientos y noventa y cuatro años

En testimonio de verdad Juan de Gartua