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Buscando "remedios" para el Hospital de San Mateo de Sigüenza

Vista de la Botica del Hospital de San Mateo antes de su destrucción en 1936
Vista de la Botica del Hospital de San Mateo de Sigüenza antes de su destrucción en 1936 (foto Blanco Juste, reproducido en Sigüenza, imágenes para el recuerdo, 2003)

En 1781 el Hospital de San Mateo y sus obras benéficas asociadas fueron auditados en un intento de mejorar su organización y intentar adaptar su funcionamiento a los tiempos que corrían, impulsados por el ímpetu modernizador que suponía el obispo Juan Díaz de la Guerra. Recogeremos aquí brevemente la primera de las auditorias -llamadas entonces "visitas"- y alguna de las primeras conclusiones a las que llegó.

Reparos que se han advertido en las Cuentas de la Botica y nuevo .. que en lo sucesivo se debe tomar.

1º Primeramente. Haviéndose notado el desorden que han tenido los Practicantes del Hospital de pedir aguardiente y otras medicinas con pretexto de los enfermos, haciéndose curanderos por la ciudad; en lo succesibo se mandará por el Cabildo que el Regente ni Mancebo de la Botica den medicina alguna, sin recete del Médico o Cirujano, y su cumplimiento lo celará el señor Administrador, mandando se ponga en la enfermería un libro en que se recete lo necesario para los enfermos.

2º Por la misma razón, que en otro Libro que deberá haver en la Botica se anoten quantos géneros se entreguen al Regente, por año, con toda especificación de géneros, medias, peso, día y año y que lo firmen el Capellán y Regente, para saber al tiempo de las cuentas el consumo anual de la Botica.

3º Para evitar confusión en la formación de las Cuentas, y obiar otros inconvenientes en adelante no se cargue a esta Obra Pía mas gasto de mrs que los que ella por si tuviesse a el año, y así se sabrá lo que adelanta o atrasa.

4º Por estar mui asquerosa la Botica y trasBotica es preciso enlucirlas y hecharles sus cielos rasos y dar algún adorno a los estantes, por estar indecentes; como así mismo se debía vajar la Muralla dos baras para darla luz y comunicazión de aires.

5º Es mui conveniente quitar y hechar por otra parte las aguas de fregar que pasan por el obrador, no sólo por los malos olores que comunican a la botica, sino también porque con las humedades se toman los Peroles y Cazos.

6º Que en los ocho meses que al Jardinero se le pagan sesenta (¿reales?) y una fanega de trigo al mes, se le obligue a cultivar plantas medicinales y plantas todas las que le diga el Regente, tener curiosa y cultivada la Huerta, sin permitirle hortaliza en el terreno que se necesite para sembrar las yerbas que no pueda darlas a otros boticarios y que el señor Administrador se encargue del cumplimiento y al Regente que cele y obligue a poner y sembrar quanto conduzca para la Botica.

Anotación: Este tratado [2] lo compré siendo practicante en el Hospital Civil y Militar de San Mateo de la Ciudad de Sigüenza en el año de 1828. Son dos tomos y lo firmo en dicho Hospital. José Llorente

Señor.

Don Carlos Ossorio, canónigo de la Santa Iglesia de esta ciudad y procurador interino de ella, con la veneración devida, expone a S.S.I.: que deseando el Cabildo quitar algunos abusos que se habían advertido en el Hospital de San Matheo, en el celebrado ayer día once del corriente, se presentó por los comisionados el adjunto méthodo, para que se observase en lo subcesivo; y después de aprobarle, acordó que a su nombre lo haga presente a V.S.I. y suplique, como lo hago, se sirva confirmarle para su maior estavilidad y firmeza; merced que espera de V.S.I. cuia vida guarde Dios nuestro señor muchos años en su grandeza. Sigüenza, 12 de Mayo de 1781. Ilustrísimo señor (firma: Carlos Ossorio)

(Auto) En la ciudad de Sigüenza a quatro días de el mes de septiembre de mil setezientos ochenta y un años el señor don Josef Joaquín de Torrano, provisor y vicario general de ella y su obispado por S.S.I.= Haviendo visto el Memorial antezedente y Decreto a el proveído por S.S.I. el obispo nuestro señor por ante mi el Notario dijo que azeptando como azepta la Comisión y faculta que se le dava y mandó se prozeda a hazer la visita que en él se espresa de el ospital de San Matheo de esta dicha ciudad y demás obras pías a el agregadas, dando prinzipio a ella en el día nuebe del corriente mes, citando primero y ante todas cosas para ello a Don Carlos Osorio canónigo de la Santa Yglesia catedral de esta referida ciudad y provisor ynterino de los señores Deán y Cavildo de ella a una instanzia y suplicazión se a proveído dicho Decreto, como también a el Administrador Capellán y regente de el referido Hospital para que concurran y cada uno por lo que le toca a fin de practicar con su asistenzia o Yntervenzión dicha Bisita; y ebaquada que sea tráigase para en su vista y de sus resultas providenzias lo que conbenga sobre lo demás que le encarga por S.S.I. en el referido su Decreto y por este su auto así lo mando y firmó su Merced, de que doy fe. = (firma: Doctor Torrano) Ante mí, Andrés Joseph Toledano

(siguen numerosos autos)

Don Julián Barbajosa, prebendado de esta Santa Yglesia; ante VM en calidad de Procurador Síndico General que soi de los Señores Deán y Cabildo de ella, parezco y digo: Que noticioso de cierto Auto provehido por VM por el que ha señalado el día nueve del presente mes para visitar el Santo Hospital de San Matheo de esta ciudad y procurando la conservación de las regalías del Cabildo, como exige de mi el oficio con que me hallo; protexto desde ahora una, dos y demás veces que sea necesario qualquiera gestión que VM. haga relativa a la visita del citado Hospital, como perjudicial al der5echo que privativamente compete al Cavildo y posesión inmemorial que tiene de visitar por sí solo, sin que pueda alegarse exemplar alguno en contrario, en cuia atención = A VM suplico se sirva admitir dicha protexta para que en ningún tiempo pare perjuicio al Cabildo la Vista uqe VM intenta hacer o efectívamente se verificare y queden preservados e ilesos los derechos y prerogativas que en este particular tiene y ha exercido constantemente que así es Justicia. (firma: Julián de Barbajosa)

Bisita

En la ciudad de Siguenza a los referidos nuebe días de el mes de septiembre de mil setezientos ochenta y un años, siendo este el día señalado para dar prinzipio a la visita que está mandada hazer por S.S.I. el obispo mi señor en su decreto de primero de el corriente mes, en el Hospital de San Matheo de esta dicha ciudad y obras pías agregadas y unidas a el, pasó el señor Doctor Don Josef Joaquín de Torrano, provisor y vicario general de ella y su obispado por dicho ilustrísimo señor obispo, asistido de mí el notario siendo como las onze menos quarto de la mañana de este dicho día al referido Hospital al fin espresado y estando constituídos en él, y dado prinzipio su merced a dicha Bisita, y viendo y reconoziendo la Capilla que ai de San Matheo en la parte vaja de dicho ospital y a la mano derecha de como se entra en él, en este estado concurrieron al mismo Hospital Don Nicolás López del Amo, canónigo de la Santa Yglesia Cathedral de esta dicha Ciudad y Administrado rde él y Don Melchor de Olier y Cordido, medio razionero de la referida Santa Yglesia y Capellán de el espresado Hospital, que havita en él y otras diferentes personas y habiendo hallado dicho señor probisor con alguna yndecenzia la referida Capilla de San Matheo y preguntando su merced a los dichos Don Nicolás López del Amo y Don Melchor de Olier como tales administrador y capellán de el enunziado Hospital le diesen razón de algunas cosas que notó para providenziar el remedio le satisfazieron los susodichos diziendo que aquella capilla no hera de el hospital ni de su cargo y sí de la cofradía que hai fundada en ella con el título de San Matheo, pues por lo tocante al hospital sólo servía para poner en ellas de cuerpo presente los cadáveres de los pobres que morían en el referido hospital para llevarlos a enterrar y el adorno aseo y limpieza de dicha capilla corría por cuenta y cargo de los hermanos de la espresada cofradía de San Matheo y que la capilla u oratorio de el ospital estava en la parte superior de él, con cuia notizia subió dicho señor provisor con mi asistenzia y demás sugetos declarados a la pieza y lugar donde se hallava situada la referida capilla u oratorio de el enunziado hospital y prozedió a visitarla, viendo y reconoziendo por menor su altar y figuras que en él havía, con su ara, savanilla, sacras, basos sagrados, bestiduras, ornamentos y demás insignias que tenía dicha capilla para celebrar el santo sacrificio de la misa, y todo lo halló con el hornato y dezenzia devida, como también su fábrica material, sin que su merced notase el mas mínimo defecto; con lo qual prozedió también a visitar ber y reconozer las quadras y ofizinas donde se hallavan los enfermos que havía en dicho ospital, sus camas y demás piezas de que se compone y su Botica una por una y con la atención que correspondía para proveer de remedio en lo uqe fuese nezesario y también lo halló todo su merced con el aseo y dezenzia devida, sin que notase ni advirtise defecto alguna substanzial; y en esta conformidad y por este día mando su merced cesar en esta Bista con reserva de continuarla siempre y quando conbenga y para que conste a los efectos que haia lugar de mandato de dicho Señor Provisor lo pongo por diligencia que firmó su merced y firmé de todo lo qual yo el referido notario doy fe. (firmas)

(Auto) En la ciudad de Sigüenza a quinze días de el mes de septiembre de mil setezientos ochenta y un años el señor Doctor Don Josef Joaquín de Torrano provisor y vicario general de esta dicha ciudad y su obispado por su Ilustrísima haviendo visto estos autos y lo que resulta de la diligencia de bisita antezedente hecha en cumplimiento de lo mandado por S.S.I. el obispo mi señor de el Hospital de San Matheo de esta referida ciudad y lo que de ella resulta: por ante mí el Notario dijo su merced que para continuar dicha visita devía mandar y mandó se notifique y haga saver a Don Nicolás López del Amo canónigo de la Santa Yglesia Cathedral de esta dicha ciudad y administrador del referido hospital y a qualquiera persona en cuio poder se allaren o a cuio cargo sea y esté la guarda y custodia de los Libros de Cuentas de las Rentas y efectos pertenezientes a el enunziado hospital y a las demás buenas memorias y obras pías agregadas o unidas a él ynbentario de vienes y demás documentos que huviese y sean conzernientes para ebaquar la espresada Bisita que siendo requerido, los escojan y pongan todos de manifiesto a disposizión de su merced para continuar ésta y ebaquarla con la formalidad devida y que corresponde cumpliéndolo así sin la menor escusa ni dilazión en virtud de santa obedienzia y apercivimiento: y respecto de constar de dicha diligenzia de bisita de Hospital que en el hai la Capilla de San Matheo y que ésta corresponde a la cofradía que con el título de dicho glorioso santo hai fundada en ella: Asimismo mandava y mandó se notifique y haga saver a el Abad Maiordomo o Prior de la espresada cofradía que dentro del tercero día de como sean requeridos comparezcan ante su merced con la fundazión, Libros de Cuentas que hubiese de ella y demás recados de justificazión nezesariso a dar quenta y bisita de la enunziada cofradía, sus rentas y cargas para en vista de todo y de sus resulta providenziar lo que conbenga, con aperzibimiento y ponerse su auto así lo mandó y firmó su merced de que doi fee = (firmas)

Don Nicolás López de Lamo (sic) canónigo y administrador del Hospital de San Matheo de esta Ciudad ante Vuestra Merced digo que en cumplimiento del Auto de VM que se notificó en el día diez y nuebe del presente mes exibo los cuadernos del gasto, y cobranza pertenecientes a los años corriente y próximo pasado. Pero en atención a la absoluta necesidad que tengo dellos para la buena Administración del referido ospital; pues los corrientes debo tener a la mano para sentar en ellos ia el gasto que se ba haciendo, ia también lo que se ba diariamente cobrando (lo que urge mas en el día por ser este el tiempo propio de la cobranza) y los concernientes al año último me son indispensables para formar por ellos mis cuentas y satisfacer qualesquiera dudas que ocurran: en esta atención = A VM suplico que considerada la necesidad que tengo de los espresados cuadernos, se sirba mandar se me debuelban inmedidatamente para ebitar de este modo qualquiera perjuicio o atraso que pudiera ocasionar la falta dellos, que es justicia que pido. (firma: Don Nicolás López de Lamo)

Referencias

[1] Sigüenza. Visita Hospital de San Matheo, Archivo Histórico Diocesano de Sigüenza, Sección Civil, Legajo 1781-1. Dicho legajo contiene otro proceso, cosido a continuación del anterior, con el título Sigüenza, Civil. Año de 1787. Visita del Hospital de San Matheo.

[2] Tratado de Partos, demonstrado por principios de Phisica y Mecanica, por Mr. Andrés Levret, ... traducido al castellano por don Félix Galisteo y Xiorro, Profesor de Cirugía en esta Corte. Madrid, Imprenta de Pedro Marin, año de 1778

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